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1. EL CURRÍCULO EN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
(DESCRIPCION Y ANALISIS DE LOS ASPECTOS GENERALES DEL CURRICULUM DE LA EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA. EDADES 12-16 AÑOS)





1.1. INTRODUCCION:


1.1.1. CURRICULO:


La Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 4º establece el concepto de Currículo como el "conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada uno de los niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo que regulan la práctica docente".

El Currículo ha de concretarse en tres niveles:

1. Mediante el Diseño Curricular Base.

2. Mediante el Proyecto Curricular de Centro.

3. Mediante la Programación de Aula.

Describimos brevemente estos niveles de concreción:

a) Diseño Curricular Base:

El Diseño Curricular Base constituye el primer nivel de concreción del Currículo, es de carácter prescriptivo y corres­ponde, en cuanto a responsabilidad, a las Administraciones Educativas.

Es un documento pedagógico que recoge el marco común en el que se formulan, en términos muy generales, un conjunto de prescripciones, sugerencias y orientaciones sobre la intencionalidad de la educación escolar y sobre las estrategias pedagógi­cas más adecuadas para el logro de dicha intencionalidad.

Los elementos que componen el Diseño Curricular Base son los siguientes:

- Objetivos Generales de cada Etapa, expresados en términos de capacidades que el alumno habrá alcanzado al final de la misma.

- Definición de las Áreas en las que se van a organizar los distintos ámbitos de conocimiento.

- Objetivos generales de la Áreas, derivados de los de la Etapa, a partir de la aportación específica de cada Área.

- Grandes Bloques de contenidos: hechos, conceptos, procedimientos, valores y actitudes que se consideren espe­cialmente adecuados para el desarrollo de las capacidades seña­ladas en los objetivos de Área.

- Orientaciones para la evaluación.

b) Proyecto Curricular de Centro:

La elaboración de un Proyecto Curricular implica realizar las siguientes opciones:


- Definir los objetivos generales del centro.

- Seleccionar el conjunto de contenidos que serán desarrollados en el Proyecto Curricular.

- Considerar los posibles criterios de tratamiento de esos contenidos: globalización, interdisciplinaridad y discipli­naridad.

- Secuenciar los contenidos por ciclos.

- Establecer criterios de evaluación al final de cada ciclo.

- Definir los supuestos metodológicos generales.

- Definir los criterios de organización espacio-temporal.

- Establecer los principales materiales didácticos que se van a utilizar.

-Especificar todas las decisiones relativas al espacio de opcionalidad.

c) Programación de Aula:

Es el tercer nivel de elaboración del currículo, y lo integran un conjunto de bloques temáticos, o unidades didácticas, ordenados y secuenciados para las áreas de cada ciclo educativo.

La Unidad Didáctica es una unidad de trabajo escolar relati­va a un proceso de enseñanza-aprendizaje, articulado y completo.

La Unidad Didáctica comprende:

- Objetivos.

- Contenidos.

- Actividades.

- Evaluación.

- Metodología.

La elaboración de programaciones de aula exige dos pasos fundamentales:

- Planificar y distribuir los contenidos de aprendizaje a lo largo de cada uno de los ciclos.

- Planificar y temporalizar las actividades de apren­dizaje y evaluación correspondientes.

1.1.2. LOS ELEMENTOS CURRICULARES:

a) Objetivos:

Los objetivos se han de entender como las intenciones que guían y orientan la programación y el desarrollo de las activi­dades de enseñanza-aprendizaje.

La Administración Educativa propone tres niveles distintos y sucesivos de concreción de los objetivos, que facilitan la transición desde la propuesta curricular base hasta la práctica docente en el aula.

a) Objetivos generales de la Etapa.

b) Objetivos generales del Área.

c) Objetivos inmediatos del Aula.

b) Contenidos:

Los contenidos son el conjunto de la información verbal y no verbal que se pone en juego en el proceso de enseñanza-apren­dizaje, en interacción con la cual el alumno construye sus conocimientos.

Por la estrecha relación que la sicología cognitiva estable­ce entre aprendizaje y desarrollo, los contenidos han de ser inseparables de las metas que orientan la enseñanza, o sea de los objetivos propuestos, lo que exige una adecuada selección de los contenidos y su distribución en estructuras reticulares cada vez más complejas y organizadas.

Para seleccionar los contenidos hemos de arbitrar criterios acordes con la función que estos tienen, es decir, con el hecho de que son instrumentos necesarios para la consecución de los objetivos. En este sentido, las pautas de referencia, por la interacción mutua que presentan, han de ser, por una parte, la naturaleza concreta de los cuerpos organizados de conocimientos, y, por otra, las características de los sujetos del aprendizaje. O sea:

a) Criterios procedentes del análisis del contenido de cada cuerpo organizado de conocimientos.

b) Criterios procedentes del análisis del sujeto de aprendizaje.

c) Evaluación:

La evaluación es el conjunto de actividades, presentes en el diseño y en el desarrollo del currículo, que permite tener un conocimiento racional de los procesos de enseñanza aprendizaje, dirigido al control y regulación de dichos procesos.

La evaluación ha de ser el instrumento que permita revisar la adecuación de todo el sistema al contexto en el que se aplica y la adecuación reciproca de todos los elementos intervinientes.

La evaluación adquiere el carácter de formativa y orienta­dora, tanto para profesores como para alumnos. Las conclusiones obtenidas contribuyen a la clarificación y a la detección de dificultades tanto en la enseñanza como en el aprendizaje.

d) Metodologia:

Un método de enseñanza es toda estrategia educativa destina­ da a propiciar y promover aprendizaje, es decir, la forma de seleccionar, organizar y secuenciar las actividades en función de los objetivos perseguidos.

Existe gran diversidad de métodos de enseñanza que conviene utilizar en función del momento y del contexto concreto en el que se produce el proceso de enseñanza-aprendizaje. Pero la eficacia de este proceso de enseñanza-aprendizaje reside en su adecuación al modelo propuesto, y por consiguiente, cualquier estrategia debe responder a una serie de pautas derivadas del carácter propio de dicho modelo.

1.1.3. ASPECTOS BASICOS Y ASPECTOS GENERALES:

Los Aspectos Básicos del Currículo son las Enseñanzas Mínimas propuestas a nivel de todo el Estado por la Administración, a fin de asegurar una formación común a todos los ciudadanos, mediante un currículo abierto.

En los Aspectos Básicos o Enseñanzas Mínimas se establecen los objetivos generales de la Etapa, los contenidos mínimos y los criterios de evaluación, no así las pautas metodológicas que, aunque son parte del currículo, no lo son de sus aspectos básicos.

Para la Etapa de la Enseñanza Secundaria Obligatoria estos objetivos generales y por áreas, criterios e instrumentos de evaluación y contenidos mínimos han sido establecidos por el Real Decreto 1007/91, de 14 de junio.

A partir de los Aspectos Básicos, la Administración Educa­tiva en la Comunidad Autónoma Andaluza establece, también mediante un currículo abierto contenido en un Diseño Curricular Base, los aspectos generales del currículo para esta Etapa y para las áreas constituyentes, conteniendo su propuesta de las pautas metodológicas a seguir, asi como la completación de los contenidos y los restantes elementos reticulares ya establecidos en las Enseñanzas Mínimas.

Este Diseño Curricular Base se refleja en el Decreto 106/1992, de 9 de junio, por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en An­ dalucia (B.O.J.A del dia 20).


1.2. LOS ASPECTOS BASICOS:


La Etapa de la Educación Secundaria Obligatoria comprende cuatro años académicos, desde los 12 a los 16 años de edad, y se organiza en dos ciclos de dos años cada uno, en virtud de lo dispuesto en los artículos 17 y 20 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre. En la antedicha Ley Orgánica se establecen las áreas de la Educación Secundaria Obligatoria como las siguientes:

a) Ciencias de la Naturaleza

b) Ciencias Sociales. Geografia e Historia.

c) Educación Fisica.

d) Educación Plástica y Visual.

e) Lengua Castellana. Lengua Oficial de la correspondiente comunidad autónoma, y Literatura.

f) Lenguas extranjeras.

g) Matemáticas.

h) Música.

i) Tecnología.

Estas áreas serán cursadas por los alumnos a lo largo de los dos ciclos que constituyen la Etapa, pero, en virtud del artícu­lo 20, apartado 3 de la Ley Orgánica de referencia, en el cuarto año de la etapa los alumnos habrán de elegir dos de las cuatro áreas siguientes:

a) Ciencias de la Naturaleza.

b) Educación Plástica y Visual.

c) Música.

d) Tecnología.

Las Administraciones Educativas podrán disponer, se afirma también, que el área de Matemáticas, que será cursada por todos los alumnos, se organice, en el cuarto curso, en dos variedades de diferente contenido.

La Ley Orgánica 1/1990 establece también, en su artículo 4º, párrafo 2, que el Gobierno fijará, "en relación con los objeti­vos, expresados en términos de capacidades, contenidos y crite­rios de evaluación del currículo, los aspectos básicos de éste que constituirán las enseñanzas mínimas, con el fin de garan­tizar una formación común de todos los alumnos y la validez de los títulos correspondientes".

Estas Enseñanzas Mínimas del currículo de la Educación Secundaria Obligatoria quedan establecidas en el Real Decreto 1007/91, de 14 de junio, indicándose en el texto fundamental que, correspondiendo a las Comunidades Autónomas establecer el currículo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo, han de incorporar las Enseñanzas Mínimas, cuya fijación es competencia del Gobierno de la Nación como garantía de una formación común para todos los españoles.

El Real Decreto de referencia establece los Objetivos Gene­rales de la Etapa, y los objetivos correspondientes a las Areas que en la misma se impartirán, asi como Contenidos Minimos y Criterios de Evaluación en cada Area.

1.2.1. OBJETIVOS GENERALES DE LA ETAPA:

1. Comprender y producir mensajes orales y escritos con propiedad, autonomía y creatividad en castellano, en su caso, en la lengua propia de su Comunidad Autónoma, y, al menos, en una lengua extranjera, utilizándolos para comunicarse y para organizarlos propios pensamientos y reflexionar sobre los procesos implicados en el uso del lenguaje.

2. Interpretar y producir con propiedad, autonomia y creatividad mensajes que utilicen códigos artisticos, científi­cos y técnicos, con el fin de enriquecer sus posibilidades de comunicación y reflexionar sobre los procesos implicados en su uso.

3. Obtener y seleccionar información utilizando las fuentes en las que habitualmente se encuentra disponible, tratarla de forma autónoma y crítica, con una finalidad previa­mente establecida y transmitirla a los demás de manera organizada e inteligible.

4. Elaborar estrategias de identificación y resolución de problemas en los diversos campos del conocimiento y la ex­periencia, mediante procedimientos intuitivos y de razonamiento lógico, contrastándolas y reflexionando sobre el proceso se­guido.

5. Formarse una imagen ajustada de sí mismo, de sus características y posibilidades, y desarrollar actividades de forma autónoma y equilibrada, valorando el esfuerzo y la superación de las dificultades.

6. Relacionarse con otras personas y participar en actividades de grupo con actitudes solidarias y tolerantes, superando inhibiciones y prejuicios, reconociendo y valorando críticamente las diferencias de tipo social y rechazando cual­quier discriminación basada en diferencias de raza, sexo, clase social, creencias y otras caracteristicas individuales y socia­les.

7. Analizar los mecanismos y valores que rigen el fun­cionamiento de las sociedades, en especial los relativos a los derechos y deberes de los ciudadanos, y adoptar juicios y acti­ tudes personales con respecto a ellos.

8. Conocer las creencias, actitudes y valores básicos de nuestra tradición y patrimonio cultural, valorarlos críticamente y elegir aquellas opciones que mejor favorezcan su desarrollo integral como personas.

9. Analizar los mecanismos básicos que rigen el funcio­namiento del medio físico, valorar las repercusiones que sobre él tienen las actividades humanas y contribuir activamente a la defensa, conservación y mejora del mismo como elementos determi­nantes de la mejora de la calidad de vida.

10. Conocer y valorar el desarrollo científico y tecnoló­gico, sus aplicaciones y la incidencia en el medio físico y social.

11. Conocer y apreciar el patrimonio cultural y contribuir activamente a su conservación y mejora, entender la diversidad lingüistica y cultural como un derecho de los pueblos y de los individuos, y desarrollar una actitud de interés y respeto hacia el ejercicio de este derecho.

12. Conocer y comprender los aspectos básicos del funcio­namiento del propio cuerpo y de las consecuencias para la salud individual y colectiva de los actos y las decisiones personales, y valorar los beneficios que suponen los hábitos del ejercicio físico, de la higiene y de una alimentación equilibrada, así como el llevar una vida sana.

1.2.2. CONTENIDOS MINIMOS:

Los contenidos no han de ser interpretados como unidades temáticas, ni, por tanto, necesariamente organizados como apare­cen en el Real Decreto 1007/1991.

Se presentan en dicho Real Decreto mediante tres apartados, advirtiéndose ya en el texto fundamental que no representan unidades didácticas diferentes:

1. Conceptos.

2. Procedimientos.

3. Actitudes.

La finalidad de la estructuración de los contenidos en estos tres apartados es la de presentar de forma analítica unos conte­nidos de naturaleza diferente que pueden y deben estar presentes a través de las diversas unidades didácticas, en distintos momentos y a través de actividades diferentes.

La organización de los contenidos en los Aspectos Generales del Currículo que establecen posteriormente las Administraciones Educativas de las Comunidades Autónomas en sus Diseños Curriculares Base ha de incluir, evidentemente, los tres tipos de contenidos antes mencionados, pero no tienen porqué organizarse de la misma forma.

Horario escolar:

Según el Anexo II del R. Decreto 1007/1991, se establece el siguiente horario básico:

a) Para el primer ciclo:


Ciencias de la Naturaleza: 140 horas
Ciencias Sociales, Geogr-Historia: 140 horas
Educación Fisica: 070 horas
Educación Plástica y Visual: 070 horas
Lengua Castellana y Literatura: 210 horas
Lenguas Extranjeras: 210 horas
Matemáticas: 140 horas
Música: 070 horas
Tecnología: 125 horas
Relig Católica/Activ estudio: 105 horas

b) Para el segundo ciclo:

Ciencias de la Naturaleza: 090 horas
Ciencias Sociales, Geogr-Historia: 160 horas
Educación Fisica: 070 horas
Educación Plástica y Visual: 035 horas
Lengua Castellana y Literatura: 240 horas
Lenguas Extranjeras: 240 horas
Matemáticas: 160 horas
Música: 035 horas
Tecnología: 070 horas
Relig Católica/Activ estudio: 105 horas

1.2.3. CRITERIOS DE EVALUACION:

Los establece claramente el Real Decreto 1007/91, para que sean recogidos por los Aspectos Generales del currículo que establezcan las Comunidades Autónomas en sus respectivos Diseños Curriculares Base:

1. La evaluación se llevará a cabo teniendo en cuenta los objetivos educativos y los criterios de evaluación conteni­dos en el currículo. (Art. 9, 1.).

2. La evaluación del aprendizaje de los alumnos será continua e integradora, aunque diferenciada según las distintas áreas del currículo. (Art. 9, 2.).

3. La evaluación será realizada por el conjunto de profesores del respectivo grupo de alumnos, coordinados por el profesor tutor, actuando dichos profesores de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes de dicho proceso.(Art. 9, 3.).

4. Los profesores evaluarán tanto los aprendizajes de los alumnos como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente. (Art. 9, 4.).

5. Al término del primer ciclo y de cada uno de los cursos del segundo ciclo, y como consecuencia del proceso de evaluación, se decidirá la promoción de los alumnos al curso o ciclo siguiente. (Art. 9, 5.).

6. En el contexto del proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno no responda a los objetivos programados, los profesores adoptarán las oportunas medidas de refuerzo y, en su caso, de adaptación curricular. (Art. 10, 1.).

7. En el marco de dichas medidas, al final del primer ciclo y del tercer curso los profesores decidirán si el alumno promociona o no al curso siguiente. La decisión adoptada irá acompañada, en su caso, de medidas educativas encaminadas a contribuir a que el alumno alcance los objetivos programados. (Art. 10, 2.).

8. Las administraciones educativas establecerán el procedimiento necesario para realizar aquellas adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación del currículo, dirigidas a los alumnos con necesi­dades educativas especiales que las precisen. (Art. 10, 3.).

9. El conjunto de profesores a que se refiere el punto 3 (Art. 9, 3. del R. Decreto) podrá promocionar a un alumno que haya alcanzado los objetivos educativos del primer ciclo o de algún curso de los del segundo ciclo de esta etapa, aún cuando dicho alumno no haya sido evaluado positivamente en todas las áreas. En este supuesto, para decidir la promoción se tendrá en cuenta la madurez del alumno y sus posibilidades de progreso en los estudios posteriores. (Art. 11, 1.).

10. La decisión de que un alumno permanezca un año más en un ciclo o curso podrá adoptarse una sola vez, bien al término del primer ciclo o bien al término de alguno de los dos cursos del segundo ciclo. Excepcionalmente, dicha decisión podrá tomar­se una segunda vez al final de un ciclo o curso distinto, oídos el alumno y sus padres, en el marco que disponga a este respecto la Administración Educativa (Art. 11, 2.).

11. El Ministerio de Educación y Ciencia, previo el informe de las comunidades autónomas, determinará los elementos básicos de los informes de evaluación, asi como los requisitos formales del proceso de evaluación que sean precisos para garan­tizar la movilidad de los alumnos. (Art. 12, 1.).

12. Para los alumnos con más de 16 años los equipos docentes podrán establecer diversificaciones del currículo en los términos previstos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/1990. Estas diversificaciones podrán establecerse previa evaluación psicopedagógica, oídos los alumnos y sus padres, y con el informe de la inspección educativa. (Art. 13, 1.).

13. Las citadas diversificaciones tendrán como objetivo que los alumnos adquieran las capacidades generales propias de la etapa. Con este fin, las actividades educativas del currículo diversificado incluirán, al menos, tres áreas del currículo básico en todo caso incorporarán elementos formativos del ámbito lingüistico y social, así como elementos del ámbito científico tecnológico. (Art. 13, 2.).

14. El programa de diversificación curricular para cada alumno deberá incluir una clara especificación de la me­ todología, contenidos y criterios de evaluación personalizados en el marco de lo establecido por las Administraciones educati­vas. (Art. 13, 3.).

15. Para los alumnos que no alcancen los objetivos de esta etapa se organizarán programas específicos de garantía social con el fin de proporcionarles una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios de acuerdo con lo establecido en el articulo 23 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre. (Art. 14, 1.).


1.3. LOS ASPECTOS GENERALES:


Los Aspectos Generales del Currículo han de contener, evi­dentemente, los Aspectos Mínimos establecidos para todo el Estado, ya brevemente descritos en el punto 1.2 de este Estudio.

Los Objetivos Educativos, los Contenidos, los Criterios de Evaluación y la Metodología son los elementos constitutivos del curriculo. Es a través de estos elementos que se manifiestan los propósitos educativos del mismo.

También, en el ámbito de su responsabilidad y dentro del marco del ordenamiento educativo, los profesores contribuyen a determinar los propósitos educativos del currículo cuando a traves de los proyectos de la etapa, de las programaciones y de su propia práctica docente proceden a concretar y desarrollar el currículo.

El currículo que se establece desde los Diseños Curriculares Base requiere, pues, una ulterior concrección por parte de los Profesores en diferentes momentos. Los equipos de profesores elaborarán para la correspondiente etapa proyectos curriculares de carácter general, en los que el currículo establecido se adecue a las circunstancias del alumnado, del Centro educativo y de su entorno sociocultural.

1.3.1. OBJETIVOS:

Los Objetivos de la Etapa y de las distintas Areas, son los regulados por el Real Decreto 1007/91, por el que se establecen las Enseñanzas Mínimas. Los Objetivos Generales de la Etapa los hemos ya descrito brevemente y los Objeti­vos del Area de Matemáticas los enunciamos en la parte 2. al establecer una secuenciación y concreción de los contenidos para dicha Area.

1.3.2. CONTENIDOS:

Los Contenidos recogen los incluidos en las Enseñanzas Mínimas y se completan mediante el desarrollo y concrección del correspondiente Diseño Curricular Base hasta definir la integridad del Currículo en este aspecto. Los contenidos generales del Area de Matemáticas que se proponen en este Estudio se concretan y secuencian en el punto 2.

En dicha concreción y secuenciación tenemos en cuenta tanto la descripción de los Aspectos Generales del Currículo que se hace en este punto 1.3., como el análisis de los mismos en el punto 1.4., en particular la consideración de la caracterización tanto psicológica como social de los alumnos y alumnas.

En cada uno de los dos Ciclos del Area los contenidos se desarrollan agrupándoles en Unidades Didácticas, que se muestran con un breve resumen de:

Contenidos de procedimientos, y, en general, variedades del "saber hacer" teórico o práctico.

Contenidos referidos a actitudes, normas y valores.

Contenidos de conceptos, relativos también a hechos y principios.

1.3.3. CRITERIOS DE EVALUACION:

Los Criterios de Evaluación que, como ya se ha descrito, están regulados en sus Aspectos Básicos por el Real Decreto 1007/91 par la Etapa y cada una de las diferentes Areas, quedan concretados para la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Decreto 106/92, de 9 de junio, que, en lo que se refiere al Area de Matemáticas, establece las directrices siguientes:

1. Valoración de la complejidad de los conceptos y procedimientos adquiridos.

2. Valoración de la capacidad de abstracción.

3. Valoración del dominio jerárquico de los contenidos.

4. Valorar el uso de herramientas lógicas (formas de razonamiento de uso común y elemental).

5. Valoración del uso adecuado de notaciones y procedimientos.

Pensamos que en la Educación Secundaria Obligatoria la evaluación de estas capacidades ha de tener un carácter formati­vo, de adquisición de actitudes y de comprensión de dificultades y deficiencias.

Este carácter formativo de la evaluación en la Etapa, dentro de cada una de las Unidades Didácticas, ha de comprender tanto la valoración de las antedichas capacidades en alumnos y alum­nas, como el funcionamiento concreto de la Unidad. En este sentido, es una transversalización de la labor formativa propia de la Unidad Didáctica. Formativa para el alumno y formativa para el profesor en el sentido de que permite una reprogramación futura del diseño de la Unidad con los resultados de la evalua­ción.

También en esta Etapa pensamos que el carácter formativo de la Evaluación ha de extenderse a cada uno de los cursos y a cada uno de los dos ciclos que la constituyen. Y también con esta extensión resulta formativa para el profesor, para el Centro Docente e, inclusive, para las Administraciones Educativas, ya que permite un análisis constante de los Proyectos Curriculares de Centro y de los Diseños Curriculares Base.

1.3.4. METODOS PEDAGOGICOS:

La metodología educativa, que no forma parte de las enseñan­zas mínimas, pero sí del Currículo, se define asimismo en el desarrollo de los Diseños Curriculares Base.

Cualquier método pedagógico a seguir en determinado momento y contexto debe adoptar un enfoque investigativo en cuanto a que ha de movilizar la reorganización de los esquemas previos del alumno enfrentándole a situaciones problemáticas nuevas.

Las pautas metodológicas a seguir en esta etapa podemos considerarlas resumidas en:

1. Crear situaciones de aprendizaje motivadoras.

2. Propiciar la explicitación de los esquemas previos.

3. Propiciar el progreso conceptual.

4. Promover situaciones de aplicación de lo aprendido.

1.3.5. LA CARACTERIZACION DE LOS ALUMNOS:

Caracterización sicológica:

Las etapas que la psicología evolutiva establece para los niveles de abstracción operativa de los niños, entendiendo por operación, en la terminología de Piaget "una acción interiorizada reversible, que se integra en una estructura de conjunto", se pueden desglosar así:

- Etapa preoperatoria: de 2 a 6,7 años.

El sujeto no domina todavía criterios lógico-matemáticos necesarios para las operaciones concretas, como son la reversibilidad de las acciones interiorizadas, o el estar integradas dichas acciones en una estructura de conjunto.

- Etapa de las operaciones concretas: de 7 a 11 años.

A partir de los 7 años el sujeto va a disponer ya del instrumento cognitivo que supone una operación lógica, sin embargo, las limitaciones que van a tener estas operaciones, y que diferencian al niño del periodo concreto del adolescente de la etapa formal, es que éstas sólo se pueden llevar a cabo cuando el sujeto está manejando información "concreta", es decir, información directamente perceptible, y de ahí el nombre del periodo de esta etapa.

Los rasgos que identifican las operaciones mentales, distinguiéndolas de otras acciones interiorizadas son, como ya se ha expuesto, la reversibilidad y el estar integradas en una estructura de conjunto.

- Etapa de las construcciones formalizadas: 12 a 15 años

Es aquí donde el alumno inicia ya su poder de abstracción. Ya comienza a ser capaz de manejar operaciones no necesa­riamente concretas, materiales, sino que es ya posible imagi­nar una cantidad, magnitud, operación o estructura organizada al márgen de la "materialidad" de lo que representen en cada caso.

Esta es precisamente la etapa sicológica en la que el alumno recibe la Educación Secundaria Obligatoria (12-16 años). Es natural adecuar, pues, el proceso de enseñanza- aprendizaje en cada área, en particular en el Area de Matemá­ticas a estas características psicológicas.

Implicación de la caracterización psicológica de los alumnos en el proceso de enseñanza-aprendizaje dentro del Area de Matemáticas:

Está claro que para establecer una adecuada secuenciación de los contenidos es necesario hacer corresponder el nivel de abstracción/concrección con la etapa psicológica que atraviesa el alumno. En lo que respecta al Area de Matemáticas, esta corres­pondencia se puede establecer con bastante fiabilidad.

El comienzo del proceso de enseñanza-aprendizaje propio de la Educación Secundaria Obligatoria coincide también, como ya hemos visto, con el comienzo de la época en la que el alumno inicia su etapa sicológica de las construcciones formales. A partir de los 12 años el nivel de abstracción y formalización va aumentando en el alumno y, correspondientemente, en el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.

En un primer curso es conveniente eliminar las construccio­nes formalizadas, intensificando los mecanismos del cálculo. Tengamos en cuenta que el haber adquirido unos conocimientos y técnicas instrumentales basicas lleva consigo un cierto automatismo lógico, que implica necesariamente identificar, conocer y manejar determinadas estructuras simples.

Es preciso entender, no obstante, que para llegar a obtener la idea de estructura formal se necesita haber manejado gran cantidad de casos particulares. Si no se hace esto solo se conseguiría poner al alumno en contacto con un lenguaje formali­zado pero vacío para él, sin que sepa para qué sirve ni a qué hace referencia.

Esta estructura psicológica es necesariamente determinante a la hora de establecer una secuenciación de los contenidos del Area de Matemáticas en el currículo, a fin de aprovechar al máximo las posibilidades prácticas.

- En el Primer Curso (edad de 12/13 años), pueden secuenciar­se contenidos relativos al tratamiento intuitivo de:

Números Enteros (Sistemas de numeración, suma, mul­tiplicación, resta, división, relación múltiplo-divisor, núme­ros primos, etc), Medidas elementales (unidades de medida, medidas de longitud, de tiempo, de arcos, etc) y Elementos Geométricos del Plano (puntos, rectas, planos, coordenadas, polígonos, clasificación de polígonos por lados, por ángulos, significado de medir un area, etc), intensificando, como ya se ha dicho antes, los mecanismos de cálculo.

- En un segundo curso (edad de 13/14 años), se puede ya aumen­tar el nivel formalizador introduciendo algunas nociones de álgebra. Se daría tratamiento a:

Números Racionales (números fraccionarios, fracciones, fracciones equivalentes, operaciones con números racionales, expresión decimal, potenciación), Proporciones (razones, proporción, magnitudes directamente proporcionales, regla de tres, proporcionalidad de segmentos, teorema de Thales, esca­las, etc.), Elementos de Algebra (Noción de variable a partir de ejemplos numéricos prácticos, etc) y de forma intuitiva Elementos Geométricos del Espacio (Poliedros y Cuerpos re­dondos, Primas y Pirámides, áreas de poliedros, área lateral y total de un prisma, Volumen, volúmenes elementales).

- En el curso tercero (edad 14/15 años) ya se puede establecer una mayor formalización en las Unidades Didácticas:

Mediciones (revisión de las medidas, medidas aproximadas, mediciones indirectas), Lenguaje Algebraico (Polinomios, operaciones con polinomios, fracciones algebraicas), Funciones y Gráficas (dependencia funcional, graficas elementales, etc), Ecuaciones (ecuaciones de primer grado, ecuación de segundo grado, simplificación, propiedades) y algo de Probabilidad (Frecuencia, noción de probabilidad, regla de Laplace).

- Y finalmente, en el cuarto curso (15/16 años) ya pueden tratarse en mayor profundidad las unidades didácticas desarro­lladas en los cursos anteriores. El proceso de enseñanza-apren­dizaje en este curso ha de pensarse desde dos puntos de vista posibles:

a) Desde el punto de vista de los alumnos que van a terminar la Enseñanza Secundaria Obligatoria y luego se integrarán en ofertas profesionales o de Formación Profesional.

b) Desde el punto de vista de los alumnos que terminarán la Enseñanza Secundaria Obligatoria para continuar la Enseñanza Secundaria no Obligatoria, el Bachillerato, con vistas a un posterior paso a la Enseñanza Superior.

Estos dos puntos de vista permiten al planteamiento de dos opciones en este curso:

Opción A:
(alumnos que necesitan conocimientos terminales, de cierre, de aplicación práctica de conocimientos, para su posterior integración profesional y social)

Opción B:
(alumnos que necesitan continuar avanzando en el proceso formalizador y de abstracción logico-matemático para su posterior integración en el Bachillerato y en la Enseñanza Superior).

Se pueden secuenciar contenidos en ambas opciones de la manera siguiente:

En la Opción A:
Ecuaciones y sus aplicaciones (de primer y segundo grado, con aplicación a problemas prácticos), Medidas sobre la esfera terrestre (Meridianos, paralelos, cambio de hora, etc.), Proporcionalidades y su aplicación al estudio de la Escala en Mapas, Maquetas, etc., regla de tres, problemas de porcentajes y repartos proporcionales, cálculo de interés, amortizaciones, capitalizaciones, etc., Estadística descriptiva (toma de datos, representaciones mediante tablas y diagramas, medidas de centralización, y dispersión, hábitos de interpretación de medidas estadísticas), y Probabilidad (aplicación a problemas cotidianos, uso de la Regla de Laplace, etc).

Y en la Opción B:
Números (idea de aproximación, sucesiones), las Medidas (Mediciones indirectas), Algebra (Ecuaciones e Inecuaciones), Funciones y Gráficas (dependencia funcional, con destrezas en el manejo de funciones dadas por expresiones elementales), Geometría (uso de las proporciones para estudiar homotecias y semejanzas, movimientos de figuras, trigonometría), el tratamiento de la estadística (uso de variables aleatorias)

Caracterización social:

No podemos dejar de tocar, en este apartado de la caracteri­zación de los alumnos de Enseñanza Secundaria Obligatoria, aunque sea muy brevemente, el aspecto social o socioeconómico en el que el Centro Docente desarrolla su actividad.

La realidad del Centro en el que el alumno va a recibir la enseñanza, como centro de carácter urbano, o bien como centro rural, el entorno en el que se mueve el sujeto, con los hábitos de vida singulares que la sociedad le impone de forma inmediata, son de especial significado en la disposición del alumno al aprendizaje.

Estos ejemplos pueden ilustrar brevemente la necesidad de adaptar el curriculo a las especiales circunstancias so­ciológicas de los sujetos, sin menoscabo, claro está, de los aspectos básicos.

Implicación de la caracterización social de los alumnos en el proceso de enseñanza-aprendizaje dentro de las Areas de la Educación Secundaria Obligatoria:

El entorno socioeconómico en el que el Centro desarrolla su actividad influye seriamente en el enfoque metodológico de los contenidos tanto de procedimientos como actitudinales y con­ceptuales.

Pensamos que la actitud previa del alumno hacia el proceso de enseñanza-aprendizaje es distinta en un centro de carácter rural que en un centro integrado en una gran ciudad, pues las motivaciones, vivencias y hábitos sociales son diferentes.

En este sentido nos parece acertada la Atención a la Diversidad que establece el Decreto 106/1992 de 9 de junio (B.O.J.A. del dia 20) en orden de establecer una necesaria adecuación curricular, en sus artículos 11, 12 y 13:

"Los centros docentes concretarán y desarrollarán el curriculum de la Educación Secundaria Obligatoria mediante la elaboración de proyectos curriculares de etapa y ciclo que respondan a las necesidades de los alumnos y que se incorporarán a la programación general correspondiente" (Art. 12. 2).

"Los proyectos curriculares de etapa deberán contener la adecuación de los objetivos generales de la etapa y ciclo al contexto socioeconómico y cultural del Centro y a las características del alumnado, así como los criterios metodológicos de carácter general, y la organización de la optatividad y la orientación, la adaptación y diver­sificación curricular y del proceso de evaluación" (Art. 12.3).

1.3.6. LA ADAPTACION Y DIVERSIFICACION DEL CURRICULO:

El carácter obligatorio de esta Etapa no permite desatender a ningún alumno con dificultades educativas especiales. Es, por consiguiente, necesario efectuar alguna forma de adaptación del curriculo a las circunstancias de cada caso.

El Decreto 106/92, de 9 de junio, también dedica varios artículos a este asunto (Artículos 16, 17 y 18).

"En el contexto del proceso de evaluación continua, cuando a juicio del equipo educativo a que se refiere el articulo decimoquinto, el progreso de un alumno no responda globalmente a los objetivos programados, los profesores, con los sistemas de orientación establecidos, adoptarán las medidas oportunas de apoyo educativo y, en su caso, de adaptación curricular" (Art. 16).

Y el articulo 17, que en transcripción completa:

"1. En la Educación Secundaria Obligatoria podrán realizarse adaptaciones curriculares que se aparten significa­tivamente de los contenidos y criterios de evaluación del curriculum, dirigidas a alumnos con necesidades educativas especiales.
2. Las adaptaciones curriculares a las que se refiere este artículo comprenderán la adecuación de los objetivos educativos, la eliminación o inclusión de determinados contenidos, la metodología que se va a seguir y la consiguien­te modificación de los criterios de evaluación. Dichas adaptaciones curriculares tendrán como objetivos que los alumnos alcancen las capacidades generales propias de la etapa de acuerdo con sus posibilidades.
3. Las adaptaciones curriculares citadas estarán pre­cedidas, en todo caso, de una evaluación de las necesidades educativas especiales del alumno y de una propuesta curricular específica.
4. La Consejería de Educación y Ciencia establecerá el procedimiento oportuno para autorizar las adaptaciones que se aparten significativamente del curriculo incluido en el pre­sente Decreto."

Pensamos que cualquier diversificación del currículo, funda­mentalmente dirigida a los alumnos que tienen alguna dificultad educativa especial, ha de ser, por una parte, lo suficientemente amplia para que puedan completar su Educación Obligatoria, y por otra parte, lo suficientemente coherente para respetar los Aspectos Mínimos que aseguran una formación homogénea a los ciudadanos de todo el Estado.



DOCUMENTACION:

1. L.O.G.S.E, Ley Orgánica 1/1990, de 4 de octubre. (B.O.E. de 4 de octubre).
2. PIAGET, JEAN. "Seis estudios de psicología". Barcelona, 1985, Planeta-Agostini, páginas 93 a 107 (La Adolescencia).
3. PALACIOS, JESUS - MARCHESI, ALVARO - CARRETERO, MARIO. "Psicología evolutiva. 2. Desarrollo cognitivo y social del niño". Madrid, 1984, Alianza Universidad Textos, páginas 207 a 250 (Las Operaciones Concretas- recopilación de Mario Carretero y Elena Martin).
4. REAL DECRETO 1007/91, de 14 de junio, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria. (B.O.E. del 26 de junio).
5. REAL DECRETO 1345/91, de 6 de septiembre, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria. (B.O.E. del 13 de septiembre).
6. DISEÑO CURRICULAR. ASPECTOS GENERALES. Enseñanza Secundaria Obligatoria 12-16. Sevilla, 1989. Junta de Andalucía. Dirección General de Renovación Pedagógica.
7. DISEÑO CURRICULAR DE MATEMATICAS. 12-16. Sevilla, 1989. Junta de Andalucía. Dirección General de Renovación Pedagógica.
8. VIERA, ANA - NIETO, JESUS. "Anteproyecto para el Diseño Curricular. Área de Matemáticas 12-16". Sevilla. Junta de Andalucía. 1988
9. DECRETO 106/1992, de 9 de junio por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía. (B.O.J.A. del 20 de junio).





Carlos S. CHINEA
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